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RESOLUCIÓN 114 DE 2013

(enero 31)

Diario Oficial No. 48.702 de 12 de febrero de 2013

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se aprueban emisiones postales.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 1341 de 2009 y el Decreto número 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009 asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales;

Que es prerrogativa exclusiva del Gobierno de Colombia como Estado miembro de la Unión Postal Universal la producción de sellos postales o estampillas en el territorio nacional;

Que mediante Decreto número 555 de 2009, se reorganizó el Consejo Filatélico, como órgano asesor del Ministerio, asignándosele la función de proponer políticas filatélicas y lineamientos que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales;

Que el Consejo Filatélico, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 3, artículo 3o del Decreto número 555 de 2009, en sesión del 21 de noviembre de 2012, recomendó la aprobación de las siguientes emisiones postales:

- Departamentos de Colombia Cundinamarca.

- Ley 1526 de abril de 2012, emisión filatélica en honor al General José Antonio Anzoátegui.

- Ley 1536 de junio de 2012, emisión filatélica inspirada en Gloria Valencia de Castaño,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar las siguientes emisiones postales:

- Departamentos de Colombia Cundinamarca.

- Ley 1526 de abril de 2012, emisión filatélica en honor al General José Antonio Anzoátegui.

- Ley 1536 de junio de 2012, emisión filatélica inspirada en Gloria Valencia de Castaño.

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ARTÍCULO 2o. Ordénese a Servicios Postales Nacionales S. A. la producción y puesta en circulación de las emisiones postales a las que se refiere el artículo anterior.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir del momento de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2013.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DIEGO MOLANO VEGA

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ISSN [2745-2646]
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