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RESOLUCIÓN 197 DE 2021

(febrero 22)

Diario Oficial No. 51.597 de 23 de febrero de 2021

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 430 de 2021>

Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19

Resumen de Notas de Vigencia

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades, especialmente de las conferidas por el literal b del artículo 488 de la Ley 9 de 1979, los numerales 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, 42.1 del artículo 42 de la ley 715 de 2001, 3, 4 y 9 del artículo 2o del Decreto Ley 4107 de 2011 y 19.1 del artículo 19 del Decreto 109 de 2021; en desarrollo del inciso segundo del artículo 592 de la Ley 9 de 1979, del parágrafo del artículo 9o de la Ley 2064 de 2020 y de los numerales 20.4 y 21.3 de los artículos 20 y 21 del Decreto 109 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 2064 de 2020, se declara de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra el COVID-19 y la lucha contra cualquier pandemia, señalando, entre otros aspectos, que el proceso de inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 es gratuito para el beneficiario.

Que a través del Decreto 109 de 2021 el Gobierno nacional definió el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, determinando criterios de priorización, fases y rutas para la aplicación de las vacunas, así como las responsabilidades de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, para a la ejecución del referido plan.

Que ante las diferentes acciones que se deben desarrollar en el marco del Plan Nacional de Vacunación, se hace necesario expedir los lineamientos técnicos y operativos para orientar la planeación y organización del proceso de vacunación contra el COVID-19 en las entidades territoriales junto con los demás integrantes del sector salud de cada jurisdicción y de otros sectores que de acuerdo con sus competencias deban apoyar en la ejecución del mencionado plan.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 430 de 2021> Adoptar los lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra el COVID-19, los cuales hacen parte integral de la presente resolución.

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ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 430 de 2021> Las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo aplican a entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, Entidades Adaptadas en Salud, a los prestadores de servicios de salud, los administradores de los regímenes Especial y de Excepción en salud y sus operadores, al Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad y su operador.

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ARTÍCULO 3o. COORDINACIÓN PERMANENTE. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 430 de 2021> Las entidades territoriales departamentales y distritales deberán conformar y liderar una mesa de coordinación permanente con las demás destinarias de la presente resolución, con el fin de definir el plan de acción y hacer seguimiento y monitoreo a las acciones contenidas en el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y las definidas en los lineamientos adoptados mediante el presente acto administrativo.

PARÁGRAFO. El plan de acción de la vacunación contra el COVID-19 que se defina deberá ser remitido a este Ministerio y actualizarse de acuerdo al tipo y disponibilidad de biológicos, así como al desarrollo de las fases y etapas definidas en el Plan Nacional de Vacunación.

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ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 430 de 2021> La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 2021.

El Ministro de Salud y Protección Social,

Fernando Ruiz Gómez

CONSULTAR ANEXO EN EL ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF.

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