Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 1378 DE 2005

(noviembre 30)

Diario Oficial No. 46.116 de 08 de diciembre de 2005

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES

Por medio de la cual se establece la tarifa de contribución para la vigencia de 2006.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 85 de la Ley 142 de 1994 y la Resolución CRT 087 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 85 de la Ley 142 de 1994 faculta a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones para fijar la tarifa de la Contribución que deben pagar las entidades sometidas a su Regulación, con el fin de recuperar los costos de este servicio;

Que el artículo 8.3.2. de la Resolución CRT 087 de 1997 establece que, para cubrir los costos del servicio de regulación la CRT fijará anualmente la tarifa, expresada en porcentaje, de la contribución especial que deben pagar las entidades sometidas a su regulación, dentro del límite establecido en el artículo 85.2 de la Ley 142 de 1994;

Que es necesario establecer la tarifa para la contribución correspondiente al año 2006,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Fijar la tarifa de Contribución que deben reconocer y pagar a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, las entidades sometidas a la regulación por la Ley 142 de 1994 para el año 2006, en el 0.62% del valor de los gastos de funcionamiento de la entidad contribuyente en el año 2005 asociados a los servicios de telecomunicaciones, según los estados financieros que deben poner a disposición de la Comisión y de acuerdo con el Anexo número 2 de la presente resolución, que contiene el Formulario único de Autoliquidación y el instructivo pertinente.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Las entidades mencionadas en el considerando anterior liquidarán el valor de la contribución del año 2006 en el formulario único de autoliquidación, Anexo número 2, que deberá enviarse en documento original a la CRT, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal, el contador y el revisor fiscal o quien haga sus veces y copia de los estados financieros de la vigencia 2005, con la discriminación requerida para que la CRT revise las cifras incluidas en el formulario.

El formulario único de autoliquidación deberá ser entregado directamente en la CRT o enviado por correo certificado o ingresado al Sistema de Información Unificado del Sector de Telecomunicaciones, SIUST, junto con los Estados Financieros a más tardar el 30 de abril del año 2006, para su respectiva revisión por parte de la CRT.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. Como un primer pago de la Contribución correspondiente al año 2006, los operadores sometidos a regulación de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones deberán pagar antes del 1o de febrero de 2006 los valores que se relacionan en el Anexo número 1 de la presente resolución.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. Con base en la autoliquidación efectuada, las empresas pagarán el valor correspondiente dentro del mes siguiente a la fecha en la cual quede en firme la liquidación. descontando el valor ya pagado y discriminado en el Anexo número 1 de la presente resolución. La consignación debe ser entregada directamente en la CRT o enviada por correo certificado.

Ir al inicio

ARTÍCULO 5o. Los pagos deben realizarse en la cuenta de ahorros del Banco Granahorrar número 1351-0057154-0, a nombre de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.

PARÁGRAFO. El incumplimiento de los términos de pago señalados en los artículos 3o y 4o de está resolución tendrán el mismo régimen sancionatorio por mora que el aplicable al impuesto sobre la renta y complementarios, sin perjuicio de las demás sanciones de que trata la Ley 142 de 1994.

Ir al inicio

ARTÍCULO 6o. Notificar personalmente la presente resolución a los representantes legales de Edatel S. A. ESP, Orbitel S. A. ESP, Empresa Territorial de Telecomunicaciones ESP. ETT ESP, Empresa de Telecomunicaciones del Llano ESP. S. A. Etell, Telecomunicaciones y Sistemas S. A. ESP. Telesys, Empresa Regional de Telecomunicaciones del Valle del Cauca S. A. ERT, Bugatel S. A. ESP, EPM Bogotá S. A. ESP, Unitel S. A. ESP, Empresa de Teléfonos de Palmira S. A. ESP. Telepalmira, Empresa de Telecomunicaciones de Girardot S. A. ESP. ETG, Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S. A. ESP, Colombia Telecomunicaciones S. A. ESP, Empresas Públicas de Medellín EPM, Caucatel S. A. ESP, Empresa de Telefonos de Jamundí S. A. ESP. Telejamundi, Empresa de Telecomunicaciones de Popayán S. A. ESP Emtel, Empresa de Telecomunicaciones y Servicios Agregados S. A. ESP. Emtelsa, Telefonos de Cartago S. A. ESP. Telecartago, Empresa de Telecomunicaciones de la Costa Costatel S. A., Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá, ETB, Empresa de Servicios Carvajal S. A. ESP. Escarsa, Metropolitana de Telecomunicaciones S. A. Metrotel, Gilat Colombia S. A. ESP, Empresa de Telecomunicaciones de Cali, Emcali, EICE, Empresa Municipal de Telecomunicaciones de Obando Teleobando, Empresas de Telecomunicaciones de Bucaramanga Telebucaramanga S. A ESP, Empresa de Telecomunicaciones de la Orinoquia Teleorinoquia S. A. ESP, Viva Voz S. A. ESP, Colombia Móvil S. A. ESP, Gilat Networks S. A. ESP, Kambatel S. A. ESP, Barranquilla Telecomunicaciones S. A. Batelsa ESP, o a quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en el Código Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.

Notifíquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2005.

La Ministra de Comunicaciones,

MARTHA ELENA PINTO DE DE HART.

El Director Ejecutivo,

GABRIEL ADOLFO JURADO PARRA.

ANEXO NUMERO 1.

PRIMERA CUOTA CONTRIBUCION AÑO 2006.

EmpresaPrimera cuota contribución
2006
TeleasociadasColombia Telecomunicaciones643.876.000
Metrotel11.558.000
Telebucaramanga103.433.500
Batelsa32.475.000
Grupo Teleasociadas791.342.500
Grupo EPMEEPP Medellín301.113.000
Orbitel95,758,000
Edatel69.471.000
E.T. Pereira30.441.500
Emtelsa23.662.500
E.P.M. Bogotá38.268.500
GRUPO EPM558.714.500
E.T.B1.066.576.500
Grupo TranstelUnitel11.459.000
Caucatel3.165.500
Telepalmira17.341.000
Bugatel3.496.500
Telecartago4.384.500
E.T.G.7.006.500
Telejamundí1.752.000
Grupo Transtel48.605.000
CarvajalETELL5.507.000
Escarsa7.315.000
Grupo Carvajal.12.722.000
IndependientesEMTEL17.729.500
E.R.T.11.993.000
Teleobando3.188.000
E.T.T.297.500
Telesys487.000
Teleorinoquia2.815.000
Costatel1.102.000
Gilat ESP22.603.000
Gilat Networks Colombia S. A. ESP6.070.000
Viva Voz S. A. ESP342.500
Colombia Móvil41.500
Kambatel S. A. ESP737.000
Empresas Independientes67.406.000
Int ErvEmcali214.612.000
Empresas Intervenidas214.612.000
Total Sector2.759.978.500

ANEXO NUMERO 2.

INSTRUCTIVO DE DILIGENCIAMIENTO PARA LA LIQUIDACION DE LA CONTRIBUCION.

Debe diligenciar el Formulario único de Autoliquidación de Contribución con base en el Plan General de la Contabilidad Pública PUC.

Al lado izquierdo del formulario encontrará la cuenta PUC seguida del concepto contable, usted debe colocar el valor de la respectiva cuenta en la casilla derecha del formulario en millones de pesos.

Luego sumará las cuentas para encontrar los Subtotales correspondientes.

Para hallar la base de liquidación de la Contribución debe tomar el Subtotal número uno, restarle el Subtotal número dos y por último sumar el Subtotal número 3.

El valor resultante debe multiplicarlo por la tarifa de Contribución, que para el año 2006 es de 0.62%.

FORMULARIO UNICO DE AUTOLIQUIDACION

CONTRIBUCION ESPECIAL ARTICULO 85 LEY 142 DE 1994

LA CONSIGNACION DEBE REALIZARSE EN EL BANCO GRANAHORRAR CUENTA NUMERO 1351-0057154-0 A NOMBRE DE LA COMISION DE REGULACION DE TELECOMUNICACIONES, INDICANDO EL NIT DEL OPERADOR

AÑO 
EMPRESA 
NIT 
Dirección Teléfono:
Fax: E-mail:

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO NO OPERATIVO

CTA PUCCONCEPTOVr. Millones
de $
510000GASTOS DE
ADMINISTRACION
 
1. SUBTOTAL (510000)0
510200CONTRIBUCIONES
IMPUTADAS
 
510209
Amortización cálculo actuarial pensiones actuales
510210
Amortización cálculo actuarial de futuras pensiones
510210
Amortizaciones cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones
510212
Amortización liquidación prov. Cuotas partes de
bonos pensionales
510213
Amortización de cuotas partes de bonos pensionales emitidos
510214Cuotas partes de bonos pensionales emitidos
2. SUBTOTAL (510209+510210+510211+510212+510213-510214)0
581500AJUSTE DE EJERCICIOS
ANTERIORES
 
581506Sueldos y salarios 
581507Contribuciones imputadas 
581508Contribuciones efectivas 
581509Aportes sobre la nómina 
581510Gastos generales 
581511Impuestos, contribuciones
y tasas
 
3. SUBTOTAL (581506+581507+581508+581509+581510+581511)0
4. TOTAL BASE
DE LIQUIDACION
 
Subtotal (1)-Subtotal (2) +Subtotal (3)0
5.TARIFA
CONTRIBUCION
0.62%
6.VALOR CONTRIBUCIONES EN MILES
DE $
0
ESTADO DE CUENTA
  

LIQUIDACION AÑO ANTERIOR

1. Pago CONTRIBUCION AÑO ANTERIOR 
2. INTERESES POR MORA 
3. SANCIONES 
  
TOTAL LIQUIDACION AÑO ANTERIOR
(1+2+3)
$
VALOR CANCELADO AÑO ANTERIOR$
VALOR CONTRIBUCION POR PAGAR$

CONTRIBUCION PRESENTE AÑO EN MILES DE $

1. LIQUIDACION CONTRIBUCION PRESENTE
AÑO
0
2. INTERESES POR MORA0
3. SANCIONES 0
  
TOTAL
LIQUIDACION
PRESENTE AÑO
(1+2+3)
 $
VALOR
CANCELADO
PRESENTE AÑO
 $
VALOR
CONTRIBUCION
POR PAGAR
 $
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGALFIRMA DEL CONTADOR
NOMBRE:NOMBRE:
C.CC.C
 T.P.
 
FIRMA DEL REVISOR FISCAL
NOMBRE: 
C.C 
T.P. 
 

Nota: Cuentas del PUC del Plan General de la Contabilidad Pública

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.