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RESOLUCION 2251 DE 2009

(diciembre 11)

Diario Oficial No. 47.564 de 15 de diciembre de 2009

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Por la cual se modifica la Resolución CRT 1914 de 2008.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las que le confieren el Decreto 025 de 2002, la Ley 1341 de 2009, el Decreto 2888 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 025 de 2002 faculta a la Comisión para administrar los Planes Técnicos Básicos, atendiendo los principios de neutralidad, transparencia, igualdad, eficacia, publicidad, moralidad y promoción de la competencia con el fin de preservar y garantizar el adecuado uso de tales recursos técnicos, estableciendo el carácter público del contenido de los mismos y el de los actos derivados de su gestión, incluidos los procedimientos de asignación, con la única excepción respecto a las materias que puedan afectar la seguridad nacional;

Que el recurso numérico constituye un bien escaso de carácter limitado, que debe ser administrado de la manera más eficiente posible para asegurar su disponibilidad a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y su suficiencia a largo plazo para la prestación eficaz y adecuada de los servicios ofrecidos;

Que el artículo 8o del Decreto 25 de 2002 establece que los números, bloques de numeración, códigos, prefijos, entre otros, son recursos públicos y pertenecen al Estado, el cual puede asignarlos a los proveedores de redes y servicios y recuperarlos cuando se den las condiciones que determine la Comisión;

Que la numeración de servicios semiautomáticos y especiales (marcación 1XY) tiene características especiales, que le confieren carácter nacional, acceso universal, no destinada al uso comercial, su acceso debe ser posible desde cualquier parte del territorio nacional y su adopción obligatoria para todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones;

Que de acuerdo con el artículo 55 del Decreto 025 de 2002, la administración del Plan de Numeración comprende las modificaciones y/o adiciones que se hagan a la estructura de la numeración, a los mapas de numeración, a los cuadros contenidos en el plan y a cualquier otro aspecto que requiera ser incluido dentro del mencionado plan;

Que la Resolución CRT 1914 del 15 de septiembre de 2008 modificó el Título XIII de la Resolución CRT 087 de 1997;

Que mediante tal disposición, se recuperan en el tiempo y se asignan a partir de su vigencia números de la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY, e igualmente se modifican a partir del 1o de enero de 2010, la destinación de algunos de los números de dicha matriz, con la consiguiente obligación de los proveedores de redes y servicios de TPBCL de migrar la atención a los números dispuestos y de informar a la Comisión el número elegido para el efecto;

Que el numeral 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009 establece como función de la Comisión “Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico”;

Que conforme a lo previsto en el artículo 1o del Decreto 2888 de 2009, “Las regulaciones de carácter general y particular expedidas por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones con fundamento en las funciones que le fueron asignadas en normas anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la Ley 1341 de 2009 y las cuales se reiteran para la Comisión de Regulación de Comunicaciones en dicha ley, continuarán vigentes;” Que los Planes Técnicos Básicos tienen un carácter dinámico y ajustable en el tiempo, en razón a las necesidades de numeración de los diferentes proveedores de redes y servicios en cada una de las localidades del territorio nacional, por lo que corresponde realizar su periódica actualización;

Que la propuesta regulatoria y el documento soporte fueron publicados el 7 de septiembre de 2009, para comentarios de todos los interesados, hasta el 21 de septiembre del mismo año;

Que en cumplimiento del Decreto 2696 de 2004, una vez finalizado el plazo definido por la CRC para recibir comentarios de los diferentes agentes del sector, se elaboró el documento que contiene las razones por las cuales se aceptan o se rechazan las propuestas allegadas[3], el cual fue aprobado por el Comité de Expertos Comisionados según consta en Acta 680 del 9 de octubre de 2009 y posteriormente presentado a los miembros de la Sesión de Comisión el 4 de noviembre de 2009;

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Asignar los siguientes números en la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY, contemplada en el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997, así:

Servicio Número
1 Centro de Contacto al Ciudadano 100
2 Fuerza Aérea Colombiana 101
3 Atención de comunicaciones para personas con discapacidad 102
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ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 5o de la Resolución CRT 1914 de 2008, el cual quedará así:

“Artículo 5o. A partir del 1o de enero de 2010, el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997 que establece la matriz de servicios semiautomáticos y especiales con marcación 1XY y su respectiva clasificación, quedará de la siguiente manera:

ANEXO 010.

Matriz de numeración para el acceso a los servicios semiautomáticas y especiales de abonados Esquema 1XY.

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ARTÍCULO 3o. MODIFICACIONES Y VIGENCIAS. La presente resolución modifica en lo pertinente la Resolución CRT 1914 de 2008 y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2009.

Publíquese y cúmplase.

La Presidente,

MARÍA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA

El Director Ejecutivo,

CRISTHIAN LIZCANO ORTIZ.

* * *

1. Se recibieron comentarios de Colombia Móvil S.A. E.S.P., Comcel S. A., la Dirección de Acceso y Desarrollo Social del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P., Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S. A. E.S.P. y Telefónica Colombia.

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