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RESOLUCIÓN 2010-380-001173-4 DE 2010

(octubre 26)

Diario Oficial No. 47.895 de 16 de noviembre de 2010

COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN

Por la cual se modifica la Resolución número 1057 del 5 de octubre de 2010

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en particular las que le confiere la Ley 182 de 1995, artículo 5o, literales a) y c) y artículo 12 literal a), y en desarrollo del Acuerdo 003 de 2009, artículo 2o, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Junta Directiva de la CNTV en sesión del martes 5 de octubre de 2010, Acta número 1667, dio por recibida la Resolución 1967 del 1o de octubre de 2010, por medio la cual se amplía el plazo contemplado en los literales b), c) y d) del artículo 4o de la Resolución 2623 de 2009” expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y determinó: “Modificar los actos administrativos que asignan las frecuencias 16, 18, 19 y 20 ajustando su cumplimiento a los plazos fijados en la Resolución 1967 de 2010”.

2. Que como consecuencia de lo anterior, la Junta Directiva expidió la Resolución número 1057 del 5 de octubre de 2010, “por la cual se suspenden las Resoluciones número 385 y número 395 del 15 de abril de 2010”, y establece:

“Artículo 1o. Suspender los efectos de la Resolución número 385 de 2010, por un período de quince (15) días hábiles, para la reorganización del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de televisión, como consecuencia de la expedición de la Resolución número 001967 de 2010 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de tal manera que se puedan asignar frecuencias de uso temporal.

Artículo 2o. Suspender los efectos de la Resolución número 395 de 2010, hasta tanto se lleve a cabo la reorganización del espectro radioeléctrico de que trata el artículo 1o de la presente resolución”.

3. Que en cumplimiento de lo establecido en Acta número 1667 y en la Resolución número 1057 de 2010, la Subdirección Técnica y de Operaciones mediante comunicación 20103300124703 del 22 de octubre de 2010, presentó a consideración de la Junta Directiva de la CNTV, una propuesta de ajustes al plan de reordenamiento del espectro y de asignación de frecuencias requeridas para la prestación del servicio de televisión radiodifundida en tecnología análoga y digital.

4. Que en el mismo documento la Subdirección Técnica y de Operaciones informa a la Junta Directiva que se espera disponer a partir de los primeros días del mes de noviembre del año 2010, del resultado del estudio contratado por la Unión Europea para las estaciones de RTVC y Teveandina, que podría complementar el trabajo elaborado por la Subdirección Técnica y de Operaciones, y por tanto sugiere a la Junta Directiva de la CNTV, ampliar el plazo estipulado en la Resolución CNTV-1057 de 2010 en 15 días hábiles, contados a partir del 27 de octubre, tiempo en el que se realizará el análisis de los resultados presentados por la Unión Europea y se harán los ajustes necesarios al reordenamiento realizado por esa Subdirección.

5. Que el estudio contratado por la Unión Europea, citado por la Subdirección Técnica y de Operaciones, forma parte de las actividades a realizar en desarrollo del Contrato de Asistencia Técnica para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en Colombia, suscrito entre el Gobierno Nacional y la Unión Europea, el cual contempla, entre otras cosas, la identificación de las características técnicas, uso de frecuencias, convivencia entre operadores y condiciones que se deben tener en cuenta en la implementación de las redes de radiodifusión de televisión bajo el estándar DVB-T.

6. Que la Junta Directiva de la CNTV, en su sesión del 26 de octubre de 2010, acogió la propuesta y recomendaciones presentadas por la Subdirección Técnica y de Operaciones y aprobó la modificación de los plazos, según consta en el Acta número 1673.

Por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Ampliar el plazo de suspensión de los efectos de las Resoluciones número 385 de 2010 y número 395 de 2010, contemplado en la Resolución número 1057 del 5 de octubre de 2010, por quince (15) días hábiles contados a partir del 27 de octubre de 2010, para la reorganización del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de televisión, como consecuencia de lo establecido por la Resolución número 1967 de 2010 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de tal manera que se puedan asignar frecuencias de uso temporal.

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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

En Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2010.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

El Director,

EDUARDO OSORIO LOZANO.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 31 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.643 - 19 de enero de 2024)

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