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RESOLUCIÓN 724 DE 2000

(18 agosto)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN

Por la cual se adoptan transitoriamente unas tarifas.

Resumen de Notas de Vigencia

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las señaladas en los literales a) del artículo 5° y a) y b) del artículo 12 de la ley 182 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Comisión Nacional de Televisión en desarrollo de su objeto social, dirigir, ejecutar y desarrollar las políticas generales del servicio de televisión determinadas en la ley, para lo cual podrá realizar los actos que considere necesarios para preservar el espíritu de la ley;

Que mediante Resolución 0640 de mayo 3 de 1.999, prorrogada por las resoluciones 1012 del 30 de septiembre del mismo año, 0144 de marzo 9 del 2.000 y 0553 del 28 de junio del presente año, se unificaron transitoriamente las tarifas para la concesión de espacios de televisión, como una medida para afrontar los efectos adversos de la economía en la industria de la televisión pública;

Que mediante comunicación con el número 72252 del 16 de agosto del 2000 los concesionarios de espacios públicos de televisión en ejercicio del derecho de petición solicitaron a la Junta Directiva de la Entidad tomar las medidas necesarias para garantizar la viabilidad de los canales nacionales y prorrogar temporalmente las medidas de alivio que están cobijando al sector mientras se adopta una solución definitiva y permanente;

Que las medidas adoptadas con antelación por la Junta Directiva perdieron su vigencia el pasado 15 de agosto y en razón a la desintegración de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, no fue posible dar continuidad a las mismas;

Que la Junta Directiva de la Comisión. en sesión extraordinaria celebrada el 18 de agosto del año 2.000 (Acta No. 718) luego de evaluar el alcance de las anteriores medidas, decidió por mayoría adoptar hasta el 15 de septiembre del presente año, la unificación de las tarifas contenida en la resolución 0640 de 1.999, fecha para la cual, de conformidad con el estudio técnico contratado, deberá haberse expedido el nuevo régimen tarifario al que se someterán los concesionarios de espacios de televisión, por lo cual,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Desde la fecha de expedición de la presente resolución hasta el 15 de septiembre del año 2.000, las tarifas para concesión de espacios de televisión son las señaladas en la resolución 0640 del 3 de mayo de 1999.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y forma parte integral de los contratos de concesión de espacios de televisión.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá D. C., a los 18 AGO. 2000

SERGIO QUIROZ PLAZAS

Director

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"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 31 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.643 - 19 de enero de 2024)

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