Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 1 DE 2020

(marzo 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE CULTURA

PARA:GOBERNADORES, ALCALDES, RESPONSABLES DE CULTURA DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES (DEPARTAMENTOS, DISTRITOS Y MUNICIPIOS); BIBLIOTECARIOS; ENCARGADOS DE CASAS DE LA CULTURA; DIRECTORES DE MUSEOS, TEATROS, PARQUES ARQUEOLÓGICOS, ARCHIVOS Y ESCUELAS TALLER.
DE:MINISTERIO DE CULTURA
ASUNTO:LINEAMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN DE LA PROPAGACIÓN

DEL COVID-19 EN ESPACIOS DE USO CULTURAL: BIBLIOTECAS PÚBLICAS, CASAS DE LA CULTURA, MUSEOS, TEATROS, PARQUES ARQUEOLÓGICOS, ARCHIVOS PÚBLICOS, INSTITUTO CARO Y CUERVO Y ESCUELAS TALLER.

Con el fin de atender las medidas de prevención implementadas por la Presidencia de la República y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en lo que se refiere a la reducción de la propagación del virus COVID-19 (Coronavirus), en los sitios y eventos de alta afluencia de personas, de conformidad con la Circular Externa No. 11 del 2020, expedida por los Ministerios de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Cultura se permite determinar las acciones que deben seguir los responsables de los espacios culturales públicos.

RECOMENDACIONES PARA LOS ESPACIOS CULTURALES A CARGO DEL MINISTERIO DE CULTURA

En Bogotá: el Teatro Colón, Museo Nacional de Colombia, Casa Museo Quinta de Bolívar, Museo de la Independencia-Casa del Florero, Museo Colonial, Museo Santa Clara y Fragmentos, Espacio de Arte y Memoria; en Cartagena: Casa Museo Rafael Núñez; en Ocaña: Museo Antón García de Bonilla y Museo Gran Convención en Villa del Rosario, Cúcuta: Casa Natal del General Santander; en Villa de Leyva: Casa Museo Antonio Nariño; en Santafé de Antioquia: Museo Juan del Corral; en Popayán: Museo Guillermo León Valencia y Museo Guillermo Valencia; y en Honda: Museo Alfonso López Pumarejo estarán cerrados a partir del 14 de marzo y hasta nuevo aviso.

RECOMEDACIONES PARA LOS ESPACIOS CULTURALES EN EL TERRITORIO A CARGO DE MUNICIPIOS, DEPARTAMENTOS, RESGUARDOS INDÍGENAS Y COMUNIDADES AFRO:

1. Los servicios públicos presenciales en estos espacios culturales, continuarán hasta nuevo aviso, al igual que los servicios virtuales, sin perjuicio de las determinaciones que adopten las autoridades locales.

2. Se deberán reprogramar los eventos, actividades, reuniones y capacitaciones en los espacios culturales como bibliotecas públicas, teatros y casas de la cultura que congreguen más de 500 personas. De igual manera en todos los espacios culturales, se deberán suspender temporalmente las visitas guiadas.

3. Los responsables de estos espacios culturales deberán determinar el aforo de cada uno de los recintos (en caso de que cuenten con más de uno), y les corresponderá velar porque no se supere la cantidad de personas en cada lugar de forma simultánea. Para la proyección del aforo se tendrá en cuenta que la distancia mínima entre una persona y otra debe ser de, por lo menos, dos (2) metros. Al ingreso se le informará al público a través de un aviso visible el aforo máximo, el cual no podrá ser superado en ningún caso.

4. Se deberá informar al público en general, a los servidores públicos y usuarios de los espacios culturales (previo al ingreso a las instalaciones) con el fin de evitar el contagio del COVID-19 (Coronavirus), no se permitirá el ingreso de personas que presenten cuadros gripales o afecciones respiratorias.

5. En estos espacios se deberá garantizar, varias veces al día, la limpieza de las instalaciones, mobiliarios, dotaciones, utilería, insumos y equipos, con elementos desechables y alcohol. Adicionalmente se informa que mediante comunicado, a través del sistema SIMUS, el 13 de marzo de 2020, se enviaron las recomendaciones especiales sobre las dotaciones musicales y los centros de fabricación y mantenimiento de instrumentos musicales.

6. Así mismo, la administración de estos espacios deberá garantizar la limpieza general y ventilación continua.

7. Se deberá informar al público en general, a los servidores públicos y usuarios de estos espacios, las siguientes recomendaciones generales de autocuidado para la prevención del COVID-19 (Coronavirus):

- Todas las personas que ingresen a las instalaciones deberán lavarse las manos con agua y jabón y utilizar gel desinfectante, de forma previa al ingreso. Para ello los responsables de estos espacios, deberán dotar los baños con agua, jabón, toallas de papel, así como de gel antiséptico.

- Evitar toser y estornudar en público o hacerlo sobre el brazo o un elemento desechable.

- Usar tapabocas cuando presente sintomatología de alguna enfermedad respiratoria.

- Evitar tocarse el rostro.

- Evitar el contacto con personas enfermas de gripa.

- Saludar sin contacto físico.

- Limpiar y desinfectar los objetos y las superficies que se tocan frecuentemente.

- Desechar en un sitio seguro los tapabocas y demás elementos de protección personal utilizados.

8. Para el caso de las Escuelas Taller, con programas de formación en cocina tradicional y restaurantes, se deberán tomar medidas adicionales que serán informadas de manera específica a los encargados.

9. En el caso de los Parques Arqueológicos de San Agustín, Alto de los ídolos y Santa María La Antigua del Darién permanecerán abiertos al público siguiendo las recomendaciones antes mencionadas. En relación con el parque arqueológico de Tierradentro, donde existen los hipogeos, se ordenó el cierre parcial mediante la resolución No 73 del 13 de marzo del presente año, emitida por el ICAHN.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

CARMEN INÉS VÁSQUEZ CAMACHO

Ministra de Cultura

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.