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CIRCULAR 137 DE 2022

(Febrero 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

PARA:Operadores del servicio de televisión abierta y cerrada
DE:SESIÓN DE COMISIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES - CRC
REFERENCIA:Disposiciones adoptadas por el consejo nacional electoral
mediante resolución 0691 de 19 de enero 2022

La Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en ejercicio de las funciones y facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009(1), modificada por la Ley 1978 de 2019, se permite informar a los operadores del servicio de televisión abierta y cerrada, las disposiciones que ha adoptado el Consejo Nacional Electoral (CNE) en materia de publicidad política mediante la Resolución CNE 0691 de 19 de enero 2022 “Por la cual se señala el número máximo de cuñas en televisión, radiales, de avisos en publicaciones escritas y de vallas publicitarias de que pueden hacer uso los partidos y movimientos políticos, los movimiento sociales y los grupos significativos de ciudadanos, en las elecciones atípicas que se lleven a cabo en el año 2022, y se adoptan medidas para garantizar la inspección, vigilancia y control de la propaganda electoral de las campañas políticas.”

De conformidad con lo anterior, la CRC señala que ha publicado en la página web de la Entidad www.crcom.gov.co el texto de la citada resolución para conocimiento de todos los operadores del servicio público de televisión.

La presente Circular fue aprobada por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales según consta en Acta No. 27 del 2 de febrero de 2022.

Cordial saludo,

ERNESTO PAUL OROZCO OROZCO

Comisionado Contenidos Audiovisuales

FERNANDO PARADA RODRÍGUEZ

Comisionado Contenidos Audiovisuales

<NOTAS DE PÍE DE PAGÍNA>

1. Específicamente de aquellas establecidas en los numerales 25 y 28 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009.

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ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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