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DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 43001. 13, MARZO, 1997. PAG. 3
DECRETO NUMERO 611 DE 1997
( marzo 10)
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
por el cual se aprueban los Acuerdos número 028 de 1996, número 004 de 1997 y número 005 de 1997, de la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 74, del Decreto Extraordinario 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996 proferido por la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, por el cual se adopta la Planta de Personal de Empleos Públicos de Caprecom, que a la letra dice:
"ACUERDO NUMERO 028 DE 1996
(noviembre 7)
por el cual se adopta la planta de personal de empleos públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom.
La Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 14 de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996,
ACUERDA:
Artículo 1º. Suprimir de la planta de personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, los siguientes cargos:
Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
(1) Uno | Director General de Establecimiento Público | 0015 | 12 |
(1) Uno | Secretario General de Entidad Descentralizada | 0037 | 03 |
(4) Cuatro | Subdirector General de Establecimiento Público | 0044 | 03 |
(11) Once | Director Regional | 2035 | 12 |
(6) Seis. | Jefe División | 2040 | 09 |
(2) Dos | Jefe Oficina | 2045 | 09 |
(11) Once | Jefe Sección | 2076 | 06 |
(15) Quince | Jefe Sección | 2076 | 06 |
(1) Uno | Jefe de Grupo | 2085 | 05 |
(4) Cuatro | Jefe de Grupo | 2085 | 04 |
(2) Dos | Profesional Especializado | 3010 | 09 |
(5) Cinco | Profesional Especializado | 3010 | 10 |
(16) Dieciséis | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
(23) Veintitrés | Profesional Universitario | 3020 | 06 |
Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
(50) Cincuenta | Profesional Universitario | 3020 | 04 |
(17) Diecisiete | Médico | 3085 | 14 |
(2) Dos | Analista de Sistemas | 4005 | 15 |
(2) Dos | Técnico en Presupuesto | 4035 | 07 |
(1) Uno | Programador de Sistemas | 4060 | 11 |
(1) Uno | Programador de Sistemas | 4060 | 09 |
(3) Tres | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
(12) Doce | Técnico Administrativo | 4065 | 07 |
(2) Dos | Técnico Operativo | 4080 | 09 |
(2) Dos | Técnico Operativo | 4080 | 07 |
(2) Dos | Operador de Sistemas | 4100 | 08 |
(4) Cuatro | Auxiliar Técnico | 4110 | 05 |
(23) Veintitrés | Auxiliar Técnico | 4110 | 06 |
(1) Uno | Técnico Profesional Intermedio | 4175 | 08 |
(1) Uno | Secretario Ejecutivo | 5040 | 18 |
(7) Siete | Secretario Ejecutivo | 5040 | 16 |
(10) Diez | Secretario Ejecutivo | 5040 | 11 |
(11) Once | Secretario Ejecutivo | 5040 | 13 |
(1) Uno | Pagador | 5045 | 13 |
(10) Diez | Pagador | 5045 | 18 |
(1) Uno | Cajero | 5095 | 12 |
(1) Uno | Supervisor | 5105 | 12 |
(23) Veintitrés | Auxiliar Administrativo | 5120 | 07 |
(28) Veintiocho | Auxiliar Administrativo | 5120 | 11 |
(38) Treinta y ocho | Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 |
(1) Uno | Secretario | 5140 | 06 |
(31) Treinta y uno | Secretario | 5140 | 08 |
(32) Treinta y dos | Secretario | 5140 | 10 |
(29) Veintinueve | Ayudante de Oficina | 5155 | 05 |
(55) Cincuenta y Cinco | Ayudante de Oficina | 5155 | 07 |
(1) Uno | Operario Calificado | 5300 | 07 |
(2) Dos | Operario Calificado | 5300 | 11 |
(4) Cuatro | Transcriptor de Datos | 530S | 09 |
(12) Doce | Conductor Mecánico | 5310 | 09 |
(12) Doce | Conductor Mecánico | 5310 | 06 |
(2) Dos | Operario | 5330 | 05 |
(2) Dos | Operario | 5330 | 03 |
(19) Diecinueve | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 03 |
(34) Treinta y cuatro | Auxiliar de Servicios Generales | 5335 | 05 |
(42) Cuarenta y dos | Enfermero Auxiliar | 5345 | 05 |
(137) Ciento treinta y siete | Enfermero Auxiliar | 5345 | 07 |
Artículo 2º. Suprimir de la Planta de Personal de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, los cargos correspondientes a las siguientes horas mes médico u odontólogo:
(578) Quinientas setenta y ocho Horas Mes Médico u Odontólogo Especializado 3120 16
(873) Ochocientas setenta y tres Horas Mes Médico u odontólogo General 3085 14
Artículo 3º. Adoptar la siguiente Planta de Personal Global de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom:
Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
(1) Uno | Director General de Empresa Industrial y Comercial | 0015 | 22 |
(1) Uno | Secretario General de Entidad Descentralizada | 0037 | 14 |
(6) Seis | Subdirector General de Empresa Industrial y Comercial | 0040 | 14 |
(5) Cinco | Jefe de Oficina | 2045 | 24 |
(43) Cuarenta y tres | Jefe de Oficina | 2045 | 19 |
(93) Noventa y tres | Jefe de Oficina | 2045 | 22 |
(33) Treinta y tres | Director Territorial de Entidad Descentralizada | 0042 | 10 |
Artículo 4º El número de Trabajadores Oficiales de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones. Caprecom, será de 2.605 (dos mil seiscientos cinco).
Artículo 5º El Director General de Caprecom distribuirá los cargos de acuerdo con la Estructura Orgánica, según las necesidades del servicio, mediante acto administrativo interno.
Artículo 6º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo número 065 del 9 de diciembre de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los siete (7) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
El Presidente,
(Fdo.) José Fernando Bautista Quintero.
El Secretario,
(Fdo.) Nelson Guzmán Arcieri.»
ARTÍCULO 2º. Apruébase el Acuerdo número 004 de febrero 3 de 1997 proferido por la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de 1997, que a la letra dice:
"ACUERDO NUMERO 004 DE 1997
(febrero 3)
por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996.
La Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 14 de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de Caprecom, mediante Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996 adoptó la Planta de Personal de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom;
Que los Códigos correspondientes a los cargos de Subdirector General de Establecimiento Público y Jefe de Sección fueron señalados erróneamente en el artículo 1º del mencionado Acuerdo;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio 6897 de enero 29 de 1997 emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal, la cual constará de 1.800 cargos;
Que es indispensable ajustar el Acuerdo número 028 de 1996 a la viabilidad presupuestal emitida por el Ministerio de Hacienda,
ACUERDA:
Artículo 1. Modificar en el articulo 1º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, lo relacionado con los códigos de los cargos de Subdirector General de Establecimiento Público y de Jefe de Sección, los cuales quedarán así:
"Denominación del cargo | Código | Grado |
(··) | ||
Subdirector General de Establecimiento Público | 0040 | 03 |
(··) | ||
Jefe Sección | 2075 | 06" |
Artículo 2º. Modificar el artículo 4º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, el cual quedará, así:
"Articulo 4º.
La Planta Global de Trabajadores Oficiales de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, será de 1.618 (un mil seiscientos dieciocho) cargos de tiempo completo.
Cuando la Junta Directiva de Caprecom apruebe la planta de personal de trabajadores oficiales, y en particular para los cargos de Profesionales en Salud que se desempeñen como Médicos u Odontólogos, sean éstos Generales o Especializados, se entenderá que dos cargos de medio tiempo equivalen a un cargo de tiempo completo".
Artículo 3º.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional; modifica en lo pertinente el articulo 1º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, y deroga el artículo 4º del precitado Acuerdo.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los tres (3) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente,
(Fdo.) José Fernando Bautista Quintero.
El Secretario,
(Fdo.) Nelson Guzmán Arcieri "
ARTICULO 3º. Apruébase el Acuerdo número 005 de febrero 5 de 1997 proferido por la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de 1997, que a la letra dice:
"ACUERDO NUMERO 005 DE 1997
(febrero 5)
por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996.
La Junta Directiva de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 14 de la Ley 314 del 20 de agosto de 1996,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de Caprecom, mediante Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996 adoptó la Planta de Personal de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante oficio 6897 de enero 29 de 1997 emitió concepto favorable de viabilidad presupuestal para modificar la planta de personal, la cual constará de 1.800 cargos;
Que es indispensable ajustar el Acuerdo número 028 de 1996 a la viabilidad presupuestal emitida por el Ministerio de Hacienda,
ACUERDA:
Artículo 1º. Modificar el artículo 3º del Acuerdo número 028 de noviembre 7 de 1996, el cual quedará, así:
"Artículo 3º.
Adoptar la siguiente Planta de Personal Global de Empleos Públicos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom:
Número de cargos | Denominación del cargo | Código | Grado |
(1) Uno | Director General de Empresa Industrial y Comercial | 15 | 23 |
(1) Uno | Secretario General de Entidad Descentralizada | 37 | 18 |
(6) Seis | Subdirector General de Empresa Industrial y Comercial | 40 | 18 |
(5) Cinco | Jefe de Oficina | 2045 | 26 |
(43) Cuarenta y tres | Jefe de Oficina | 2045 | 19 |
(22) Veintidós | Jefe de División | 2040 | 25 |
(71) Setenta y uno | Jefe de División | 2040 | 23 |
(33) Treinta y tres | Director Territorial de Entidad Descentralizada | 42 | 17" |
Artículo 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno nacional, y deroga el artículo 3º del Acuerdo número 028 de 1996.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los cinco (5) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete (1997).
El Presidente,
(Fdo José Fernando Bautista Quintero.
El Secretario,
(Fdo.) Nelson Guzmán Arcieri"
ARTICULO 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2502 del 9 de diciembre de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 10 de marzo de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Comunicaciones,
Saulo Arboleda Gómez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas
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