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BOLETÍN JURÍDICO DEL 1 AL 30 DE NOVIEMBRE
DECRETOS
DECRETO 1974 de 2019 - Por el cual se adiciona la Sección 12 al Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Planeación Nacional, con el fin de reglamentar las particularidades para la implementación de Asociaciones Público Privadas en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; Art. 1o.
RESOLUCIONES
ANE - AGENCIA NACIONAL DEL ESPECTRO
Resolucion 668 de 2019 ane - Por medio de la cual se actualiza el plan técnico nacional de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (fm)
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Resolucion 3025 de 2019 mtic - Por la cual se modifica la resolución no. 1301 de 2016 que adopta la política de seguridad y salud en el trabajo (sst) del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones, y se deroga la resolución no. 3407 del 2018
Resolucion 2967 de 2019 mtic - Por la cual se declara desierto el proceso de selección objetiva de que trata la resolución número 2752 del 10 de octubre del 2019 "por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para participar en el proceso de selección objetiva mediante el mecanismo de subasta, para otorgar permisos de uso del espectro radioeléctrico a nivel nacional, en las bandas de 700 mhz, 1900 mhz y 2500 mhz"
Resolucion 2940 de 2019 mtic - Por la cual se modifica la resolución número 2752 del 10 de octubre de 2019 "por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para participar en el proceso de selección objetiva mediante el mecanismo de subasta, para otorgar permisos de uso del espectro radioeléctrico a nivel nacional, en las bandas de 700 mhz, 1900 mhz y 2500 mhz"
Resolucion 2923 de 2019 mtic - Por la cual se modifica la resolución número 2752 del 10 de octubre de 2019 "por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para participar en el proceso de selección objetiva mediante el mecanismo de subasta, para otorgar permisos de uso del espectro radioeléctrico a nivel nacional, en las bandas de 700 mhz, 1900 mhz y 2500 mhz"
SENTENCIAS
CONSEJO DE ESTADO
ce si e 187 de 2019 - Nulidad del aparte "en la misma sede en la que se le otorgó la concesión", previsto en el lit. e) del art. 11 y del aparte "salvo cuando se trate de emisoras educativas universitarias" contenido en el num. 1 del art. 68 de la resolución no. 00415 de 2010, "por la cual se expide el reglamento del servicio de radiodifusión sonora y se dictan otras disposiciones". niega las pretensiones de la demanda sobre los demás artículo de la misma resolución\ excedió la potestad reglamentaria al al limitar como causales de inhabilidad para contratar con la administración, la terminación de la concesión por declaratoria de caducidad o cancelación de la licencia en la sede en que se otorgó la concesión y no en todo el territorio nacional como lo establece la ley.\ excedió la potestad reglamentaria cuando excluye a las emisoras educativas universitarias de acreditar su condición de entidad pública a efectos de presentar la respectiva solicitud para la prestación de servicio de radiodifusión sonora de interés público
Ce siii e 140 de 2019 - La ley 1010 de 2006 por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, en el artículo 2 de manera expresa definió y estableció las modalidades de acoso laboral. para que el comportamiento o conducta de un servidor público o particular constituya acoso laboral debe reunir unos requisitos establecidos en la normativa aplicable, que no son otros, que haber verificado conductas persistentes, reiteradas y demostrables, ejercidas sobre un empleado trabajador, por el empleador, un jefe o compañero de trabajo dirigidas a intimidar, desmotivar, o causar un perjuicio laboral, o inducir a renuncia. sobre el particular vale la pena señalar que el legislador consagró un régimen disciplinario, ley 734 de 2002, que es aplicable a los servidores públicos y que en el momento de ser incumplido, el estado, en virtud de la potestad disciplinaria, debe iniciar las correspondientes actuaciones administrativas tendientes a esclarecer las faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones y su responsabilidad, proceso que debe estar presidido de todas las garantías constitucionales y legales que propendan por el ejercicio del derecho de defensa y debido proceso. en el caso en estudio la sanción impuesta es el resultado de una decisión administrativa derivada de la irreprochabilidad disciplinaria correccional, en donde al actor se le respetaron las garantías fundamentales al debido proceso y defensa
CORTE CONSTITUCIONAL
Corte Constitucional, s. c- 224 de 2019 - Exequible la ley 1928 de 2018, "por medio de la cual se aprueba el "convenio sobre la ciberdelincuencia", adoptado el 23 de noviembre de 2001, en budapest, hungría
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Corte Suprema de Justicia, s. cl 3793sl de 2019 - Para acceder a la pensión de jubilación por aportes se deben tener en cuenta tiempos de servicio en el sector público, sin importar si fueron o no cotizados a cajas de previsión o de la seguridad social. es necesario analizar el asunto bajo el actual criterio jurisprudencial vertido en la sentencia hito csj sl4457-2014, 26 marzo 2014 rad. 43904, esto es, a la luz de la ley 71 de 1988, artículo 7, en tanto también constituye una de las normas anteriores aplicables al caso bajo examen y que de igual forma fue invocada en el escrito de demanda inicial, ya que en efecto, con esa premisa es factible sumar tiempos de servicio públicos sin aportes a caja o fondo previsional, con semanas cotizadas al iss, hoy colpensiones. en tal sentido, por ser procedente la sumatoria de tiempos de servicio oficial, con los efectuados a la entidad accionada, es posible dar aplicación al artículo 7º de la ley 71 de 1988 para resolver sobre la pensión de jubilación de que éste trata
Corte Suprema de Justicia, s. cl 3761sl de 2019 - Recuerda la corte que la habitualidad y frecuencia no es el único presupuesto determinante para que los viáticos tengan incidencia salarial. a la luz del artículo 130 del código sustantivo de trabajo y de la jurisprudencia que le ha señalado alcance, para que los viáticos tengan carácter permanente, y por ende incidencia salarial, es indispensable que se configuren las siguientes condiciones: (i) que tengan carácter habitual, esto es que se otorguen de manera ordinaria o regular, por razón de que el trabajador deba trasladarse frecuentemente de su domicilio contractual hacia otros lugares; (ii) que esos desplazamientos obedezcan a órdenes del empleador, quien con su poder subordinante está facultado para imponerle al trabajador el desarrollo temporal de sus funciones en sedes diferentes a la usual de sus servicios; (iii) que las actividades encargadas al trabajador en la comisión de servicios, estén relacionadas con las funciones propias del cargo del cual es titular, o de otras actividades que le encomiende su empleador; (iv) que los viáticos se otorguen con el fin de cubrir los gastos correspondientes a manutención y alojamiento, lo que obliga al empleador a detallar qué monto de lo otorgado cubre tales gastos y cuánto corresponde a otros ítems, tales como los de trasporte
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)

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