Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción. Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas.

         Búsqueda avanzada


TELEVISIÓN, NOTICIEROS Y PROGRAMAS DE OPINIÓN (JURISPRUDENCIA)
CORTE CONSTITUCIONAL
2016
Corte Constitucional, s. t- 500 de 2016 - ¿es procedente la acción de tutela presentada por el representante legal de una organización que asocia a las autoridades y organizaciones de los pueblos y comunidades indígenas en contra de un medio de comunicación para proteger los derechos al buen nombre, a la honra, de dichas autoridades y organizaciones, así como los de los correspondientes pueblos y comunidades? derecho a la rectificación de información de comunidad indígena. vulneración por programa de televisión porque usaron creencias ancestrales para justificar opiniones personales. la corte decide conceder el amparo solicitado y ordenar al programa séptimo día y al canal caracol, rectificar la información presentada en el episodio mencionado. igualmente se les ordenó, adoptar un manual de ética que incluya unas reglas mínimas para abordar temas relacionados con grupos étnicos, minorías sexuales y demás sujetos tradicionalmente estigmatizados dentro de nuestro contexto social y, dedicar un episodio completo en el programa para permitirle a la onic defenderse frente a las acusaciones hechas contra los pueblos indígenas, sus autoridades, organizaciones y líderes
1997
Corte Constitucional, s. c- 610 de 1997 - Acción de inconstitucionalidad contra el parágrafo del artículo 25 de la ley 335 de 1996, "por la cual se modifica parcialmente la ley 14 de 1991 y la ley 182 de 1995, se crea la televisión privada en colombia y se dictan otras disposiciones". cosa juzgada sentencia c - 350 de 199
logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.