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2021
Corte Constitucional, s. t- 109 de 2021 - Primacía de la realidad y estabilidad laboral reforzada a favor de las mujeres embarazadas que se desempeñan como modelos webcam. "[s]i bien es cierto que hasta ahora no se ha expedido ninguna disposición que se ocupe de regular puntualmente la situación jurídica subjetiva de las personas que se dedican al modelaje webcam…, lo cual se suma… a la variedad de términos en que se pacta entre las empresas y las personas la realización de esta actividad, tales circunstancias no excluyen que la misma esté sujeta a la observancia de la constitución y las leyes, y que en tal sentido, según el caso concreto, sea posible la eventual declaratoria de una relación laboral con lo que de ello se desprende… [o]bran en el proceso pruebas contundentes de que… la accionante se encontraba sometida a la jefatura del accionado, al punto que este vigilaba y controlaba la ejecución de la labor, exigía el cumplimiento de un horario estricto, pues la única concesión a la modelo consistía en permitirle elegir en cuál franja de tiempo preestablecida iba a transmitir, e incluso disponía de cierta potestad para aplicar penalidades; ello, aunado a que el citado tenía el dominio pleno sobre los perfiles y las plataformas, proveía de todos los elementos necesarios para la ejecución del objeto contractual (dispositivos, conexión a internet, instalaciones, etc.), y asumía la dirección y administración del negocio y sus utilidades… [r]especto del requisito de remuneración como condición para la configuración de una relación laboral…, cabe aclarar que el hecho de que el pago se pactara con base en porcentajes sobre las sumas obtenidas por la modelo webcam en ejecución del contrato, no excluye la naturaleza salarial de los emolumentos devengados por la accionante, comoquiera que el artículo 132 del [cst] prevé que "el empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc."… pues bien: lo expuesto es suficiente para determinar que en el caso presente se estructuraron las condiciones necesarias para que opere el derecho a la estabilidad laboral reforzada en cabeza de fantina, toda vez que está demostrado que (i) existió un vínculo de naturaleza laboral entre las partes, (ii) que la mujer estaba embarazada en vigencia de dicha relación, y (iii) que el empleador conocía con anterioridad el estado de gravidez"
Corte Constitucional, s. t- 446 de 2021 - Vulnera el derecho a la consulta previa la autorización de instalación de una antena de comunicaciones dentro del territorio extendido de grupos étnicamente diferenciados sin agotar el trámite consultivo. "la corte reitera que el concepto de afectación directa trasciende el plano geográfico y registral del territorio, de modo que hay lugar a proteger el ámbito cultural en el que se desenvuelven los grupos étnicos [sentencia su-217 de 2017]. para determinar la incidencia y afectación de un plan, proyecto o medida no basta con la confrontación cartográfica porque este parámetro no sería suficiente ni concluyente. […] [i]ndependientemente de la titulación del cerro damián, la cm históricamente ha estado asentada en ese lugar. en efecto, ese cerro fue identificado por los accionantes como un punto estratégico fronterizo que separa a su comunidad del territorio de otros grupos étnicos. además, es un lugar de tránsito cotidiano de los pobladores. finalmente, en la parte baja del referido cerro se desarrollan actividades sociales y productivas. […] [l]os actores le explicaron a la corte que el territorio es el eje articulador de las relaciones colectivas y el lugar donde ocurren todos los aspectos de su vida. por lo tanto, el lugar donde se asentó la antena de comunicaciones es considerado un espacio de múltiples significaciones económicas, culturales, espirituales y sociales. […] en su cosmovisión, esto "representa una irrupción que se suma a las vulneraciones vigentes y que amenaza con deteriorar aún más la situación general de garantía de derechos. sobre todo, por la sencilla razón de que, para mindalá, el territorio es el núcleo fundamental de todas sus relaciones sociales". […] la parte actora ha estado asentada en el lugar, aun cuando estas tierras no estén tituladas a favor de aquella. esto porque el grupo étnicamente diferenciado ha construido una estrecha relación con el sitio que habita y en su cosmovisión lo identifican como una zona estratégica con múltiples significaciones en distintos ámbitos de la vida de esa colectividad. no obstante, la instalación de la antena no les fue consultada pese a que los accionantes lo solicitaron. esa negativa a adelantar el proceso consultivo se justificó en el concepto técnico que emitió la dancp […] certificación [que] incurrió en algunas deficiencias ya identificadas por este tribunal en casos anteriores. además, el municipio de suárez y la empresa [c] incumplieron sus deberes en materia de respeto de los derechos fundamentales."
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"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)

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