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2023
Corte Constitucional, s. c- 77 de 2023 - El inciso final del artículo 183 de la ley 23 de 1982 -sobre derechos de autor - (mod. art. 181 l. 1955 de 2019), que establece que "será ineficaz toda estipulación que prevea formas de explotación o modalidades de utilización de derechos patrimoniales de autor o conexos, que sean inexistentes o desconocidas al tiempo de convenir la transferencia, autorización o licencia", no constituye una medida irrazonable o desproporcionada para acceder a la protección de los derechos de autor \ la norma demandada, al tener por ineficaz una estipulación en tal sentido, adopta una medida que es apta para evitar que en la práctica los autores puedan ser víctimas de imposiciones arbitrarias o abusivas\ dijo la corte, que no es la intervención del estado per se lo que debe analizarse, sino si ella está o no justificada y si, en realidad, respeta los límites que tiene el legislador al momento de configurar las normas en esta materia
Corte Constitucional, s. c- 80 de 2023 - Inexequibles los artículos 66, 67 y 68 de la ley 2195 de 2022 "por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones" por la vulneración los principios de consecutividad e identidad flexible en su trámite de aprobación. dispone la reviviscencia del artículo 14 de la ley 1340 de 2009, el artículo 25 de la ley 1340 de 2009, que modificó el numeral 15 del artículo 4 del decreto 2153 de 1992, y el artículo 26 de la ley 1340 de 2009, que modificó el numeral 16 del artículo 4 del decreto 2153 de 1992
Corte Constitucional, s. c- 109 de 2023 - Exequibles los artículos 8, 9, 10, 11, 12, 18, 21, 22, 23, 25, 29, 30, 31, 38, 39, 44, 48, 49, 51, 53 y 57 ley 2099 de 2021, "por medio de la cual se dictan disposiciones para la transición energética, la dinamización del mercado energético, la reactivación económica del país y se dictan otras disposiciones", por las razones establecidas en la parte considerativa de la presente providencia, en relación con el trámite legislativo - iniciativa gubernamental, inició su trámite legislativo en la cámara de representantes, vulneración de los principios constitucionales de publicidad y consecutividad-\ ley con mensaje de urgencia no exige el cumplimiento del inciso 4º del artículo 154 de la constitución política
Corte Constitucional, s. c- 139 de 2023 - Estarse a lo resuelto en la sentencia c-090 de 2022, que declaró inexequibles, entre otros, los artículos 124 y 125 del decreto ley 403 de 2020 "por el cual se dictan normas para la correcta implementación del acto legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal" (mod. arts. 4 y 5 de la ley 610 de 2000)
Corte Constitucional, s. c- 208 de 2023 - ¿al establecer la norma demandada un plazo máximo de diez (10) meses para el cumplimiento de las condenas impuestas a entidades públicas, consistentes en el pago o devolución de una suma de dinero cuando se aplica a sentencias que condenan al estado al pago de pensiones, vulnera los derechos al mínimo vital (53), a la dignidad humana (1), al pago oportuno de las pensiones (53), a la seguridad social (48) de los niños, niñas y adolescentes (44); de las personas de la tercera edad (46), de las personas en situación de discapacidad (47)? la sala encontró que la disposición demandada en efecto genera una afectación prima facie a los derechos a la seguridad social, al mínimo vital y a la protección especial que se predica de los niños, niñas y adolescentes, de las personas de la tercera edad y de las personas en condición de discapacidad que se benefician de las condenas impuestas a entidades estatales que ordenan el pago de pensiones. sin embargo, estimó que se trata de una medida razonable y proporcionada, en cuanto persigue un fin que no está constitucionalmente prohibido y que es importante: el cumplimiento del principio constitucional de legalidad del gasto, y los principios de planeación y anualidad presupuestal. exequible el inciso segundo del artículo 192 de la ley 1437 de 2011 -cpca-
Corte Constitucional, s. c- 383 de 2023 - Inexequible el decreto legislativo 1085 de 2 de julio de 2023, "por medio del cual se declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de la guajira". con efectos diferidos hasta el 2 de julio de 2024, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua. \ exhortar al gobierno nacional y al congreso de la república para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de la guajira constatada en la sentencia t-302 de 2017 y, con ello, se garantice la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país. así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden
Corte Constitucional, s. c- 441 de 2023 - Inexequible, con efectos inmediatos, el decreto legislativo 1271 de 2023, "por el cual se adoptan medidas en materia de asignación o modificación de obligaciones de hacer contenidas en los permisos para el uso del espectro radioeléctrico, para el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en el marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado en el departamento de la guajira"
Corte Constitucional, s. c- 462 de 2023 - Las inhabilidades para contratar, contenidas los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la ley 80 de 1993, para quienes se encuentren en "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad" deben entenderse que también incluyen a quienes se encuentren dentro del "segundo grado de parentesco civil". en los anteriores términos se condiciona la exequibilidad de las expresiones "segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad", contenidas en los literales g) y h) del numeral 1 del artículo 8 de la ley 80 de 1993
Corte Constitucional, s. c- 501 de 2023 - El alivio económico otorgado a los operadores del servicio público de radiodifusión sonora y del servicio de televisión comunitarios, consistente en el pago, por una única vez, de los montos que dichos operadores adeuden a las sociedades de gestión colectiva, establecida en el art. 3 de la ley 2066 de 2020 "por medio de la cual se establecen condiciones especiales para la normalización de cartera por una única vez para los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora de interés público y comunitario y para los operadores del servicio de televisión comunitaria", no desconoce el derecho a la igualdad entre dos grupos de sujetos respecto a los derechos de autor y conexos: de un lado, los que gestionan sus derechos a través de sociedades de gestión colectiva, y de otro, aquellos que realizan dicha gestión por medio de otras formas asociativas, o de manera individual, quienes se ven excluidos del beneficio creado en la norma\ la corte encontró que la finalidad de la medida no está prohibida por la constitución, ya que está orientada a: (i) promover la reactivación económica de los operadores comunitarios; y (ii) garantizar los criterios de eficiencia y economía\ protección constitucional del servicio público de radiodifusoras y operadores de televisión comunitarios\ concepto de derechos de autor y conexos y sus distintas clases\ tipos de gestión de los derechos de autor
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Compilación Juridica MINTIC"
ISSN [2745-2646]
Última actualización: 27 de marzo de 2024 - (Diario Oficial No. 52.694 - 10 de marzo de 2024)

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